_____________________________________________________________________________________
1. ALCOVER GARAU, G.; (2002), La seguridad jurídica en las transacciones electrónicas; CGN.
2. BERCOVITZ RODRIGUEZ-CANO, R; (2003) , Firma Electrónica; Revista Aranzadi civil, núm 3- págs. 2099-2101.
3. CERRILLO I MARTINEZ A; PEGUERA POCH M; XALABARDER PLANTADA R; (2009) La Firma Electrónica; en Las transformaciones del derecho en la sociedad de la información y el conocimiento edit UOC.
4. GALÁN, Carlos. La regulación de la firma electrónica. Universidad Carlos III de Madrid - Apuntes de Clase.
5. GARCÍA MAS, F.J.;(2022) Firma electrónica, contratos electrónicos y otras cuestiones: conceptos básicos para entender desde un punto de vista jurídico; edit CUNIEP, Madrid.
6. GUTIERREZ FERNÁNDEZ, F; (2012), Aspectos jurídicos de la firma electrónica; en Revista de Estudios jurídicos núm 2012.
7. RODRIGUEZ AYUSO JF; (2018); Ámbito contractual de la firma electrónica; edit Bosch.
8. RUBIO VELÁZQUEZ C; RODRIGUEZ SAU R; MUÑOZ MUÑOZ, (2004); La firma Electrónica, aspectos legales y técnicos; ediciones Experiencia, Barcelona.
9. VV.AA. (2004) La firma electrónica: aspectos legales y técnicos; ediciones Experiencia; Barcelona.
10. VV.AA. (2006) La firma electrónica reconocida. Consejo General del Notariado.
1. Administración Electrónica. (URL)
2. Clave firma. (URL)
3. Consejo General del Notariado. (URL)
4. Fábrica Nacional de Moneda y Timbre –FNMT. (URL)
5. Lista de Prestadores de Servicios de Confianza (TSL). (URL)